Dada la importancia de nuestro país para el comercio internacional y para la industria marítima, se crearon dos tribunales marítimos especializados, donde se resuelven diariamente dispuestas internacionales.  La Ley No.8 de 1982, modificada por la Ley No.11 de 1986, creó la jurisdicción marítima en Panamá, estableciendo altos estándares en los requisitos que los Jueces marítimos deben cumplir para ser designados, garantizando de esta forma una justicia especializada y actualizada.

Desde 1982, los jueces marítimos panameños pueden adquirir jurisdicción sobre reclamos internacionales mediante el secuestro de naves presentes en aguas jurisdiccionales panameñas.  Por el Canal de Panamá transitan aproximadamente 14,000 naves al año, y unas 7,000 arriban a puertos panameños, lo que hace de la jurisdicción marítima panameña el foro apropiado para asegurar reclamos marítimos y para la solución de los mismos.

GARRIDO & GARRIDO brinda servicios en las siguientes áreas del litigio marítimo:

  • Arresto de naves,
  • Reclamos por lesiones personales y muerte,
  • Reclamaciones laborales marítimas,
  • Reclamos de carga,
  • Reclamos derivados del contrato de seguro marítimo,
  • Ejecución de créditos marítimos privilegiados,
  • Reclamos por daños o pérdida de la nave,
  • Reclamos relacionados con contratos de fletamento.
  • Reclamos por suministros a la nave.
  MEMBRESÍAS
  HACER PAGOS
  GLOSARIO LEGAL
  DOCUMENTOS
  MAPA DEL SITIO
  SITIOS DE INTERÉS
 

|
|
|
|
|
GARRIDO & GARRIDO Abogados
Panamá, Ave. Samuel Lewis y Calle Gerardo Ortega, Edificio Central, 3er piso. Tel. +507 269-4416.

Copyright GARRIDO & GARRIDO Abogados, Panamá República de Panamá. Hosting y web por PanamaCOM